El Gobierno de Navarra ha aprobado en su sesión del miércoles un nuevo Decreto-Ley Foral con un paquete de medidas extraordinarias y urgentes para hacer frente a las consecuencias del Coronavirus.
En concreto, en lo que se refiere a las medidas fiscales urgentes, tienen como objetivo favorecer la liquidez del tejido económico navarro y, especialmente, de autónomos y pymes, que están viéndose afectados por el cese o disminución de la actividad como consecuencia de la crisis sanitaria por el coronavirus COVID-19.
Se trata de las siguientes medidas fiscales, orientadas a facilitarles el cumplimiento de sus obligaciones tributarias:
1. Ampliación del plazo de presentación e ingreso de autoliquidaciones:
Se amplía el plazo voluntario para presentar e ingresar las autoliquidaciones de IVA y retenciones a cuenta de IRPF y Sociedades, correspondientes al primer trimestre. Frente al 30 de abril aprobado la semana pasada, se establece ahora el 1 de junio como fecha límite.
Asimismo se extiende al 30 de abril el plazo voluntario de presentación e ingreso de las autoliquidaciones del IVA y retenciones a cuenta correspondientes al mes de febrero (la fecha límite para quienes lo presentan mensualmente era antes el 30 de marzo), así como el plazo voluntario de presentación de las declaraciones informativas que debían registrarse en marzo o abril.
2. Suspensión de los pagos fraccionados del IRPF del primer y segundo trimestre para los autónomos.
3. Ampliación o suspensión de plazos de pagos de deudas tributarias
Los plazos para el pago de las deudas tributarias no concluidos antes del 14 de abril se amplían hasta el día 30 de junio y las notificadas a partir del 14 de marzo, con el estado de alarma, podrán pagarse hasta el 1 de junio. También se pospone un mes el plazo de pago de cada uno de los vencimientos de aplazamientos vigentes.
4. Suspensión de los plazos de tramitación de los procedimientos tributarios en curso por el plazo comprendido entre el 14 de marzo y el 30 de abril
Afecta a la presentación de alegaciones y recursos o atención de requerimientos, plazos de prescripción, etc)
5. Aplazamiento especial para el pago de las deudas tributarias de pymes y autónomos, cuyo volumen de facturación en 2019 fuera inferior a los 6 millones de euros.
Dicho aplazamiento abarca las deudas generadas entre el 14 de marzo y el 1 de junio de este año y será por siete meses sin intereses, con los tres primeros de carencia.
Por otro lado, la Hacienda Foral de Navarra se compromete, con el mismo objetivo de apoyar la liquidez de empresas y autónomos, a continuar efectuando las devoluciones tributarias (principalmente de IVA) en los próximos meses.