Monetización de incentivos fiscales de I+D
La inclusión de su empresa en el régimen de Ayudas Fiscales a la Investigación, Desarrollo e Innovación (a través de la obtención de la Resolución favorable del Gobierno de Navarra), tiene las siguientes ventajas:
– Apto para todo tipo de empresa de cualquier tamaño y actividad.
– Con efecto inmediato en el ejercicio fiscal correspondiente.
– Recuperación entre el 15% y el 40% de los gastos deducibles del proyecto (gastos de personal, materiales, colaboraciones, amortizaciones equipos).
– El porcentaje podrá incrementarse en un 10% adicional en el caso de gastos correspondientes a investigadores cualificado dedicados en exclusiva a actividades de I+D o de gastos correspondientes a proyectos contratados con universidades, organismos públicos de investigación o centros de innovación y tecnología situados en España o en cualquier estado miembro de la UE.
– Posibilidad de solicitar la devolución del importe de la deducción que no haya podido ser aplicada por insuficiencia de cuota líquida con un tope de 100.000 euros/año (medida para Pymes que facturen menos de 10 millones de euros).
– Carácter retroactivo de los gastos deducibles del proyecto, se pueden acoger gastos de hasta dos años atrás desde la presentación del proyecto.
– Tramitación simplificada, ya que no hay que presentar justificación del proyecto.
– Es compatible con otras ayudas de las administraciones públicas.
Normativa
Descarga aquí el documento de la Ley Foral 26/2016, de 28 de diciembre