Construcción sostenible
Javier es propietario y administrador de una empresa Constructora, que está especializada en demoliciones y construcción de viviendas unifamiliares. La empresa de Javier, que tiene contratadas a 30 personas trabajadoras, siempre ha respetado concienzudamente la legislación vigente que afectaba a su sector. Por ello, realizaba su actividad con una excelente diligencia, siguiendo la normativa de Medio ambiente, prevención de riesgos y contratación de personal laboral.
Falta de controles
El sector de la construcción requiere de estrictos controles internos que aseguren que la actividad realizada sea sostenible y protocolizada, pues la falta de una correcta actuación entraña un grave riesgo para la salud de los trabajadores y el medio ambiente.
En consecuencia, Javier siempre ha sido pionero en formar a los trabajadores para que tomen las decisiones adecuadas en su ejercicio laboral. La empresa disponía de un protocolo de gestión de residuos y otro de prevención de riesgos laborales, y se entregaba a los trabajadores para que, una vez estudiado, ejercieran sus funciones siguiendo la normativa.
No obstante, al faltar personal que ejerciera un control específico, no había certezas que acreditaran el cumplimiento de los protocolos internos.
Actividad delictual
Es muy común, en el sector de la demolición, encontrar residuos tóxicos en edificaciones antiguas. Uno de los más comunes es el amianto, y además de provocar un alto riesgo para la salud de los trabajadores, también supone un peligro para el medio ambiente.
Un equipo de la empresa, que tenía el encargo de demoler una vivienda unifamiliar, encontró material construido a partir de fibras de amianto, e incumpliendo manifiestamente el protocolo interno, lo destruyó y enterró los restos en un descampado cercano, situado muy próximamente a una fuente de agua potable que se utilizaba de manera habitual por algunos vecinos para consumo y regar.
Esta actividad constituye un delito contra el medio ambiente, y puede derivar en la suma de otro de lesiones, más la responsabilidad civil de los posibles daños causados.
Javier no conoce estos hechos ni ha participado en su comisión activamente. No obstante, con la reforma de 2015 del código penal, si se denuncia esta actividad y se abre un proceso penal, tanto Javier como su empresa serán condenados al no haber fijado controles específicos que certificaran que se cumplían los protocolos de actuación.
Estas condenas pueden ir desde una cuantiosa multa y su correspondiente responsabilidad civil, hasta el cese de actividad de la empresa durante 5 años, o incluso a su disolución.
¿Por qué contratar la implementación de un Plan de Compliance?
La única manera de evitar que Javier y su empresa sean responsables de los delitos cometidos por sus empleados es la implementación de un Plan de Compliance efectivo, previo al delito, que establezca controles internos que aseguren el cumplimiento de los protocolos fijados por la empresa. Si hubieran existido esos controles efectivos, y la actividad delictiva perpetrada se hubiera realizado en fraude de dichos protocolos de control, Javier y su empresa serían exonerados de toda pena y reclamación dineraria.
Además de la exoneración penal y civil, el Plan de Compliance ayuda a todas las empresas, pues se certifica la correcta actuación de la empresa y la sitúa como una compañía responsable y alineada con el cumplimiento normativo, los ODS y la ética profesional.
Cada vez son más las empresas que exigen un Plan de Compliance a proveedores y colaboradores para asegurar su reputación y seguridad, y DELTA CONSULTORES es especialista en este tipo de servicios, implementando y gestionando Planes de Compliance para todo tipo de empresas.