Categoría(s): Impuestos, Normativa

El 31 de diciembre de 2020 finalizó el periodo transitorio establecido en el Acuerdo de Retirada del Reino Unido de la Unión Europea. A efectos del IVA esto supone que las relaciones comerciales de los Estados Miembros con el Reino Unido varían considerablemente desde el pasado 1 de enero de 2021. Ya no se producirán entregas y adquisiciones intracomunitarias sino que los movimientos de bienes pasarán a estar sujetos a formalidades aduaneras de las importaciones y exportaciones.

Importaciones

En el caso de la entrada de mercancías en el territorio de aplicación del IVA español (Península y Baleares) procedentes de Reino Unido, se producirá la liquidación del IVA en el momento de la importación por la Aduana. La base imponible del IVA en la importación es el Valor en Aduana añadiendo los siguientes conceptos en cuanto no estén comprendidos en el mismo:

  1. Los impuestos, derechos, exacciones y demás gravámenes que se devenguen con motivo de la importación, salvo el IVA.
  2. Los gastos accesorios, como las comisiones y los gastos de embalaje, transporte y seguro que se produzcan hasta el primer lugar de destino de los bienes en el interior de la Comunidad.

Exportaciones

Las mercancías que sean transportadas desde el territorio de aplicación del IVA español (Península y Baleares) al Reino Unido serán exportaciones y estarán exentas de IVA.

En el caso de que el empresario español efectúe entregas de bienes a particulares ingleses será de aplicación el IVA español, no siendo aplicable el régimen especial de ventas a distancia.

Otras implicaciones

No obstante, los intercambios de mercancías con Irlanda del Norte tendrán el mismo tratamiento que los efectuados con un Estado miembro de acuerdo con el protocolo Irlanda-Irlanda del Norte.

Por otro lado, dado que las operaciones realizadas entre España y Reino Unido dejan de calificarse como intracomunitarias no deberán informarse en la declaración recapitulativa modelo 349. Las empresas españolas que realicen operaciones con Reino Unido tampoco tendrán la obligación de identificarse mediante NIF-IVA.