AGROALIMENTARIAS
Categoría(s): Ayudas

Normativa

RESOLUCIÓN 89/2021, de 12 de marzo, de la Directora General de Política de Empresa, Proyección Internacional y Trabajo por la que se aprueba la convocatoria de 2021 de ayudas a la inversión a empresas agroalimentarias. Publicado en el BON Nº 71 de 30 de marzo de 2021

Plazo presentación de solicitudes
Desde el 31 de marzo hasta el 31 de agosto (incluido) del 2021.

Régimen

Concurrencia competitiva.

Beneficiarios:

Empresas que:

  • Realicen la actividad a subvencionar en Navarra
  • Desarrollen alguna de las actividades de transformación, comercialización o desarrollo de los productos agrícolas del Anexo I del Tratado de Funcionamiento de la Union Europea (TFUE)

Se exceptúan las empresas de los sectores de la pesca, del sector del vino y aquellas cuyo producto resultante esté fuera del citado Anexo I.

Proyectos subvencionables

  • Mejoras de la transformación y comercialización
  • Incremento del valor añadido del producto
  • Mejora de la calidad
  • Incremento de la capacidad productiva
  • Eficiencia energética y en el uso de los inputs
  • Incremento del empleo
  • Diversificación de actividades
  • Protección medioambiental
  • Seguridad laboral
  • Creación de un nuevo establecimiento
  • Ampliación de un establecimiento existente

 

Período ejecución de los proyectos

Los proyectos de inversión deberán ser ejecutados íntegramente entre la fecha de solicitud de las ayudas y la fecha de finalización que se señale en la resolución de concesión, que será:

  • El 30 de junio de 2022, para aquellos proyectos que se haya indicado en la solicitud de las ayudas que finalizarán para esa fecha.
  • El 30 de junio de 2023, para aquellos proyectos que se haya indicado en la solicitud de las ayudas que finalizarán para esa fecha.

Costes subvencionables

  • La construcción, adquisición o mejora de bienes inmuebles
  • La compra, o arrendamiento financiero con opción de compra, de nueva maquinaria y equipamiento, hasta el valor de mercado del producto
  • La inversión en los siguientes activos intangibles: adquisición o desarrollo de programas informáticos y adquisición de patentes, licencias y derechos de autoría y marcas registradas
  • Otros gastos relacionados con el objeto 1.º y 2.º, tales como honorarios de empresas de arquitectura e ingeniería, así como tributos relacionados con las inversiones de obra civil, con un límite del 20% de los gastos con los que se relacionan

Intensidad de la ayuda

  • Gran empresa: 14%
  • Pyme: 17%
  • Entidad asociativa: 20%

 

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